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Berzosa: "El bipartito siembra de dudas la retirada de la inscripción de Primo de Rivera de la Catedral"

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Foto de archivo.

La pretensión del equipo de Gobierno sienta un peligroso precedente sobre las actuaciones en inmuebles de titularidad privada.

Redacción BurgosNoticias 
26/01/2021 - 14:30h.

El bipartito vuelve a sembrar de dudas la retirada de la inscripción de José Antonio Primo de Rivera de la fachada de la Catedral de Santa María, según ha señalado este martes el viceportavoz del Grupo Municipal Popular, Jorge Berzosa.

El edil popular ha explicado que los últimos argumentos expuestos por el gobierno de coalición malinterpretan una sentencia de 2017 del Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Cuenca y ha advertido que la pretensión del PSOE y Cs puede sembrar un peligroso precedente en las actuaciones municipales sobre inmuebles de titularidad privada.

Jorge Berzosa, quien ha recordado que para llevar a cabo una actuación de estas características se precisa de los informes preceptivos de la Junta de Castilla y León e Icomos, como órgano asesor de la Unesco, ha puesto en duda además que el Ayuntamiento deba emplear recursos económicos y personales a esta cuestión en un momento como el actual, cuando las necesidades son múltiples a causa de la crisis sanitaria.

En este sentido, ha sostenido que el Partido Popular no entra a valorar si la inscripción de  José Antonio Primo de Rivera está sujeta o no a la Ley de Memoria Histórica, si bien ha recordado que no existe un informe al respecto, pese a haberse solicitado.

Berzosa ha aclarado que la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cuenca de 2017 no dicta en ningún caso la interpretación realizada por el PSOE, ya que determina que es el Cabildo Catedralicio conquense, como propietario del inmueble, el que debe proceder a sufragar y contratar las intervenciones para la retirada de una inscripción en la fachada de su Catedral, en la que figuran el nombre de José Antonio Primo de Rivera y el yugo y las flechas de Falange Española.

"Podrá procederse a iniciar las correspondientes actuaciones de ejecución, siguiendo a su vez el contenido de dicha autorización, bien por el Obispado, de manera voluntaria, como titular de la Catedral, bien el Ayuntamiento de manera subsidiaria, de no actuar el obispado en el plazo concebido al respecto, como obligado de acuerdo al artículo 15 de la Ley 52/07, para adoptar medidas de retirada, siendo así que los gastos de dicha retirada deberán ser sufragados por la parte actora, al encontrarse dichos símbolos en un bien de titularidad del obispado, la Catedral".

La sentencia determina, por lo tanto, que el Ayuntamiento manchego solo podrá actuar de manera subsidiaria en caso de que el Cabildo Catedralicio no acometa el mandato judicial y aclara que deberá repercutir el coste de obra al mismo.

El Grupo Municipal Popular reitera que, con todas las necesidades actuales y la paralización existente en el Ayuntamiento, no deja de sorprender que el equipo de Gobierno local quiera dar prioridad a esta cuestión, cuando no es de competencia municipal.

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