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Expediente a Mediaset por extralimitarse en el tiempo de emisión de publicidad

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La CNMC considera que el grupo audiovisual sobrepasó el límite de tiempo de promoción de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural en sus canales Cuatro, Telecinco y Boing

Redacción BurgosNoticias 
19/11/2017 - 10:30h.

Según recoge FACUA, la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) ha incoado un expediente sancionador a Mediaset España Comunicación, S.A. por superar los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios, regulados en el artículo 14.1 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).

Este articulado establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural. "Para el cómputo de esos 12 minutos se tendrá sólo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento. También se excluirá del cómputo la telepromoción cuando el mensaje individual de la telepromoción tenga una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los 3 minutos por hora de reloj", según desarrolla la citada Ley.

Las infracciones detectadas en el grupo Mediaset tuvieron lugar entre los meses de mayo y julio en sus canales Cuatro, Telecinco, así como en el Boing.

La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 3 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC. Las empresas disponen de un plazo de diez días para presentar alegaciones.

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