SEGURIDAD VIAL

Tráfico prepara una normativa para impedir a los patinetes eléctricos circular por las aceras

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La ordenanza de circulación vial de León si permite el tránsito de los vehículos de movilidad personal por las aceras, pero con limitaciones. Siempre y cuando éstas tengan una anchura superior a 2,5 metros y acomoden su velocidad a la de peatones manteniendo una distancia mínima de seguridad de un metro y evitando en todo momento causar molestias o crear peligro.

iLeón
30/11/2018 - 09:37h.

Los patinetes eléctricos, que forman ya parte del paisaje urbano de muchas ciudades españolas, no podrán circular por las aceras y tampoco se permitirá que sobrepasen los 25 kilómetros hora.

Así será si sale adelante la nueva normativa en la que ya está trabajando la Dirección General de Tráfico para regular a los denominados Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Lo ha anunciado este mismo jueves el subdirector de movilidad de la DGT, Jorge Ordás, que ha precisado que en la nueva regulación los patinetes tendrán la consideración de 'vehículos de propulsión eléctrica', según ha adelantado el periódico El País.

BURGOS

En el CAPÍTULO III: OTROS ELEMENTOS DE MOVILIDAD se recoge dentro del artículo 42 "Patines, patinetes o similares, accionados por el esfuerzo muscular humano":

Las personas que se desplacen con patines, monopatines, patinetes o similares accionados por el esfuerzo muscular humano deberán condicionar su uso a los siguientes condicionamientos:

a) Podrán transitar por las vías ciclistas y zonas de prioridad peatonal, incluidas las aceras, no pudiendo invadir los carriles de circulación de vehículos a motor, salvo para cruzar la calzada, siempre por lugares señalizados y habilitados

b) Deberán acomodar su marcha a la de las bicicletas, si circulan por vías ciclistas o a las condiciones y circunstancias de la vía en las aceras y zonas de prioridad peatonal. En este segundo caso, irán a paso peatonal o desmontados cuando exista aglomeración peatonal, entendiendo como ésta, cuando no sea posible conservar 1,8 metros de distancia entre los peatones y quien utiliza estos aparatos y/o circula en línea recta durante 5 metros de manera continuada

c) Evitarán en todo momento, causar molestias o crear peligro tanto a los peatones como a los ciclistas

d) En ningún caso tendrán prioridad sobre los peatones

e) Está prohibido que sean arrastrados por otros vehículos

f) Está prohibido circular sobre el mobiliario urbano, tales como bancos, barandillas, escaleras, muros o similares

g) No podrán utilizar manualmente teléfono móvil o cualquier otro dispositivo incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción. El Ayuntamiento de Burgos podrá establecer, con carácter deportivo, zonas o espacios específicamente señalizados para la práctica deportiva con patines y monopatines.

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