PANDEMIA

Castilla y León decreta el cierre perimetral a partir del viernes a las 14 horas hasta el 9 de noviembre

fuentes-carretera
María C.
28/10/2020 - 19:54h.

Tras la reunión que el presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, ha mantenido con sus respectivos de Madrid y Castilla La Mancha, ha explicado públicamente que la Comunidad quedará cerrada perimetralmente desde las 14 horas del viernes y hasta el fin del primer Estado de Alarma, es decir, el 9 de noviembre a la misma hora. Sí se podrán desplazar entre provincias dentro de Castilla y León, pero nunca pasando el límite de la Comunidad.

Por otra parte, se mantienen las restricciones en las reuniones sociales a un máximo de 6 personas y los encuentros religiosos no podrán exceder el 50% de aforo.

Mañueco ha recomendado el "autoconfinamiento inteligente" y no desplazarse sin necesidad para evitar la propagación del virus, que en el caso de Burgos ya acumula en 14 días 1.000 casos por cada 100.000 habitantes.

Qué se puede hacer

Se restringe la entrada y salida de personas salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos: asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales o asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil. La circulación por carretera y viales que transcurran o atraviesen el ámbito territorial que constituyen el objeto de la presente orden estará permitida siempre y cuando tengan origen y destino fuera del mismo.

De acuerdo con estas modificaciones, las reuniones de carácter familiar o social se limitan a un máximo de seis personas y se prohíben tanto el consumo en barra en establecimientos de hostelería, de restauración y sociedades gastronómica y como fumar en terrazas al aire libre, decisiones adoptadas para todo el territorio castellano y leonés.

Todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el cincuenta por ciento del aforo permitido.

Los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al cincuenta por ciento, tanto en espacios interiores como exteriores. Las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas con el objeto de asegurar el mantenimiento de la debida distancia física de, al menos, 1,5 metros entre las personas sentadas en diferentes mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR

--- patrocinados ---
Deja tu comentario
publicidad
publicidad


publicidad